Sunday, October 11, 2009

Luz y Fuerza del Centro

TERCERO.- La Secretaría de Energía deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación las bases para llevar a cabo la liquidación de Luz y Fuerza del Centro, dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrada en vigor del  presente Decreto.

Pueden leer todo el Decreto en:

Extinción de Luz y Fuerza del Centro

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